¿Un impuesto sobre las frecuencias de radio y televisión?

Sergio VillaltaSergio Villalta

Por: Sergio Villalta

El gobierno de Chaves presentó el proyecto de ley número 24,461 para aumentar el cobro del canon (impuesto), que los medios de comunicación deben pagar por el uso y asignación de una frecuencia de radio o televisión.

Las ondas electromagnéticas

Sin embargo, es pertinente que nos preguntemos: ¿por qué el Estado debe cobrar por algo que no es de su propiedad? Las frecuencias de radio y televisión son ondas (o partículas como quiera verse) electromagnéticas que existen en la naturaleza, como parte del entorno natural que nos brinda el Universo.

Siendo que las ondas electromagnéticas no fueron creadas por el Estado, ni por sus agentes, ¿qué derecho natural puede reclamar el gobierno sobre estas ondas? Al no ser una creación antrópica, y menos una creación del Estado, el electromagnetismo no lleva en su esencia ni una gota del trabajo del hombre.

¿Cuándo surge un derecho de propiedad?

Si un hombre recoge los frutos de un árbol en tierra virgen, los frutos son propiedad de ese individuo. Porque en este caso el hombre mezcló su trabajo (algo que es suyo únicamente) con los frutos que recolectó, por lo tanto, tiene un derecho de propiedad sobre esos frutos.

Explica John Locke:

“Aunque la tierra y todas las criaturas inferiores pertenecen en común a todos los hombres, cada hombre tiene, sin embargo, una propiedad que pertenece a su propia persona; y a esa propiedad nadie tiene derecho, excepto él mismo.” (1)

Locke continúa:

“Cualquier cosa que él saca del estado en que la naturaleza lo produjo y la dejó, y la modifica con su labor, y añade a ella algo que es de si mismo, es, por consiguiente, propiedad suya.” (2)

Entonces, si los agentes del Estado y el gobernante, no han hecho nada para sacar las ondas electromagnéticas de su estado natural, ni han mezclado o añadido algo que sea producto de su labor, ¿cómo pueden reclamar un derecho de propiedad sobre estas frecuencias?

La respuesta debe ser categórica. El Estado no tiene ningún derecho moral o natural sobre el espectro de la energía electromagnética. El Estado cobra un impuesto sobre el uso de las frecuencias, porque utiliza la fuerza para obligar a los propietarios a pagar ese tributo.

Por sus características esenciales, al ser las ondas electromagnéticas un recurso inagotable, que no fue creado por el hombre (menos por el Estado) y que ningún agente del Estado ha mezclado su trabajo con éllas, debemos concluir que el gobierno carece de un derecho moral o natural, sobre las ondas (partículas) electromagnéticas que utilizan los medios de comunicación que difunden señales de televisión y radio.

Por esta y otras razones, discutir si el cobro del canon sobre las frecuencias debe ser del 3% o del 7.33% sobre los ingresos brutos (como lo propone Chaves), es concederle un derecho natural al Estado del cual carece.

Notas:

  1. Locke, John; Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil, 1690, Editorial Tecnos, Bogotá, Capítulo 5, párrafo 27, 1979.
  2. Ibid.